BASES Y CONDICIONES SORTEO
“VIVI PUNTA MOGOTES”
PRIMERO: La Administración de Punta Mogotes, Ente Público Interjuridiccional, en adelante “el organizador” con domicilio en la calle CATAMARCA 1295, de la ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, organiza la presente promoción “Sorteo de Estadía en carpa de Balneario Punta Mogotes” denominada “VIVI PUNTA MOGOTES” y está dirigida a todas las personas mayores de 18 años, que tengan domicilio en la República Argentina, y que cumplan con los requisitos de participación establecidos en estas Bases y Condiciones (en adelante denominadas, las “Bases”).
SEGUNDO: ACEPTACIÓN DE LAS BASES: La participación en el Sorteo atribuye la condición de participante única y exclusivamente en la medida en que se cumplan las condiciones establecidas en las Bases y expresa por lo tanto la aceptación plena e incondicional de las Bases.
Dichos términos podrán ser modificados por el organizador, sin que ello implique alterar la esencia de la misma ni afectar derechos adquiridos por los participantes. Dichas modificaciones serán publicadas en el mismo medio que las presentes bases. La participación en la Promoción es libre y gratuita, sin obligación de compra. La información suministrada a través de las Bases y Condiciones es cierta, objetiva, veraz, detallada, eficaz y suficiente a los fines de establecer los alcances y características del Concurso o alterada la aceptación previamente brindada por el participante.
TERCERO: ALCANCE Y VIGENCIA: La actividad es válida geográficamente en toda la República Argentina. Su vigencia inicia el 14 de noviembre de 2024 y finaliza el 10 de diciembre de 2024 a las 8.00 hs.
CUARTO. PARTICIPACIÓN: Podrán participar de la actividad, todas las personas humanas mayores de DIECIOCHO (18) años, residentes en la República Argentina, sin que la misma implique obligación de compra ni adquisición de producto alguno. En efecto, se trata de un beneficio sin vinculación directa o indirecta con la compra de mercaderías o la contratación de servicios.
No podrá participar de la Promoción el personal del Organizador, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo de afinidad, ni los ex empleados que se hubieran desvinculado del Organizador dentro de los 30 días anteriores a la fecha de comienzo de la Promoción, ni sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, inclusive.
QUINTO: MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN:
a.- La invitación a participar se realiza mediante la publicación en todas las redes sociales de la APM como así también medios gráficos, televisivos, radiales y toda otra forma de publicidad que el organizador estime conveniente
b.- Para participar, cada persona deberá registrarse y completar el formulario digital que estará on line en la página de la APM en https://www.puntamogotes.gob.ar.
Las personas que completen el formulario después de la fecha de finalización del sorteo no participarán de la actividad de fomento turístico organizada. Las personas que ya hayan completado el formulario antes de la vigencia de esta promoción participan siempre y cuando cumplan con los requisitos dispuesto por el organizador.
La participación es gratuita y los participantes pueden inscribirse una única vez.
SEXTO. SELECCIÓN DE LOS GANADORES: El día 10 de diciembre a las 10.00 hs, en la Administración del Complejo Punta Mogotes de la ciudad de Mar del Plata, en presencia de un escribano público se realizará un sorteo, serán seleccionados 100 potenciales ganadores entre todos los registrados que hayan cumplido con los términos de las presentes bases.
Acto seguido, se extraerán los datos de 30 participantes que actuarán como suplentes en caso de que alguno de los 100 potenciales ganadores seleccionados anteriormente quede invalidado. Dichos suplentes, en caso de ser necesario, serán contactados -por los mismos medios en que el concurso fue promocionado- y siguiendo el mismo orden de selección ya establecido. Sólo se entregará un premio por persona sin excepción.
La asignación de los premios identificados en el punto 7 quedará condicionada a que los potenciales ganadores cumplan con las condiciones establecidas en las bases. Todo premio no asignado quedará en poder del organizador. Luego de comunicarse con la totalidad de los potenciales ganadores y de resultar no adjudicado alguno de ellos, el ORGANIZADOR se comunicará con el primer suplente sorteado hasta cubrir la cantidad de premios estipulados. Concluida la asignación de ganadores, el ORGANIZADOR comunicará los resultados de la actividad en las redes sociales y pagina web del organizador:
https://www.puntamogotes.gob.ar, facebook.com/PuntaMogotesMDQ.
SEPTIMO. PREMIO: El premio consistirá en la entrega de 1 (una) unidad de sombra desde el 14 de diciembre de 2024 hasta el 14 de enero de 2025, contándose con un total de 33 (treinta y tres) unidades a entregar; 1 (una) unidad de sombra desde el 15 de enero de 2025 hasta el 14 de febrero de 2025, contándose también con un total de 33 (treinta y tres) unidades a entregar ; y 1 (una) unidad de sombra desde el 15 de febrero de 2025 hasta el 16 de marzo de 2025, contándose con un total de 34 (treinta y cuatro) unidades a entregar. Para recibir el PREMIO será necesario presentar su DNI y aceptar las condiciones vigentes en el balneario al que corresponda la carpa que se le haya asignado en el sorteo.
OCTAVO. EL PREMIO será entregado ¡Al GANADOR en donde el ORGANIZADOR disponga. El Premio no puede ser canjeado por dinero en efectivo ni por ningún otro bien ni cualquier otra prestación distinta de las previstas en estas Bases. Todos los costos que se deriven de la participación o de la obtención o asignación y retiro del Premio, así como también todo impuesto, tasa, contribución, arancel o suma de dinero que deba actualmente abonarse con motivo de la organización o difusión de la Promoción o que se imponga en el futuro sobre el Premio o con motivo de la organización o difusión de la actividad, como así también los gastos, sin limitación, de traslado y estadía en que incurra cuando concurra a reclamar la asignación o a retirar o a utilizar el Premio, como cualquier otro, estarán a exclusivo cargo del Ganador.
NOVENA. RESPONSABILIDAD: El organizador no será responsable si los datos de los participantes hubieran sido erróneamente consignados. De igual manera, el organizador no será responsable de ningún reclamo de ningún tipo efectuado por terceros que se atribuyan cualquier derecho de propiedad intelectual o de cualquier naturaleza vinculados con esta campaña.
DECIMA. AUTORIZACIÓN: Los participantes de esta actividad autorizan expresamente al organizador a difundir -por los mismos medios en que se publicitó el concurso- su nombre y apellido, así como también a comunicarse con el participante por los medios que denuncie en el formulario con el único fin de publicar su resultado. La recopilación y el tratamiento de los datos personales se efectuarán de conformidad con la Ley N° 25.326. Al aceptar las bases y condiciones, el participante confiere el consentimiento previsto en los artículos 5 y 11 de la Ley 25.326.
DECIMO PRIMERA. PROBABILIDAD MATEMÁTICA: Dado que no es posible determinar la cantidad exacta de participantes, en caso de que hubiese 1000 cantidad de participaciones, con una chance de ganar cada uno, y participando en una sola oportunidad cada uno, la probabilidad matemática de ganar alguno de los premios ofrecidos será de 1 en 1000.
DECIMO SEGUNDA. ORGANIZADOR. FACULTADES.
El ORGANIZADOR, sin que ello le genere carga, obligación y/o responsabilidad alguna podrá: a) Modificar las presentes BASES bastando la publicación del nuevo instrumento en la página web https://www.puntamogotes.gob.ar para considerar notificados a los potenciales participantes, los PARTICIPANTES, los POTENCIALES GANADORES y los GANADORES, b) solicitar la reválida o rectificación de las inscripciones, c) Dejar sin efecto o suspender esta promoción antes de la notificación a los GANADORES, d) Prorrogar cada uno de los plazos de vigencia y fechas fijadas antes de la finalización del período de inscripción previsto en estas BASES, e) Modificar la fecha de entrega de los PREMIOS o ejecución de los mismos, la cual no podrá ser superior a DOCE (12) meses, f) Solicitar a los PARTICIPANTES y/o potenciales GANADORES, en cualquier momento antes de la finalización de la promoción, que verifiquen sus datos y/o los corroboren y/o rectifiquen los mismos, así como también ratifiquen su inscripción.
DECIMO TERCERA. JURISDICCIÓN: Para cualquier controversia originada en la presente campaña regirá la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Mar del Plata, a la que los participantes aceptan someterse voluntariamente, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción